jueves, 11 de noviembre de 2010

EL TRATAMIENTO DE LA LEY DE EDUCACIÓN EN CÓRDOBA



Hace pocos días ha ingresado en la Legislatura Unicameral Provincial de Córdoba el proyecto de modificatoria de la Ley 8113 de Educación Provincial. Es la ley general de educación de la provincia, donde se contemplan los 4 niveles educativos, desde el Pre- escolar hasta el terciario y universitario. Durante un año y medio un grupo acotado de personas se reunió, en las que ni los niveles más bajos del ministerio tenían conocimiento.Las tertulias se realizaron en los espacios de fundaciones de Empresas Privadas como la Fundación Arcor, o la Fundación Antorchas, con sus profesionales, con las más altas categorías de Funcionarios del Ministerio de Educación y del Gobierno de Córdoba, con cuadros sindicales de la UEPC, pergeñaron un proyecto de ley que tendrá graves consecuencias en la enseñanza de Córdoba. Valga la aclaración que se invoca a la Universidad de Córdoba como participante, y en la página oficial del Rectorado Universitario se realiza la primera reunión sobre el tema el 4/11 una vez que tomó estado público por las protestas estudiantiles.



El Gobierno de Córdoba proclama que ha solicitado la participación de toda la Comunidad Educativa, cosa que no es nada más que un formalismo, ya que para lectura, análisis, discusión, participación de los distintos claustros, y devolución de conclusiones, se realizó un (uno sólo) taller de 4 hs. Cátedra en las distintas instituciones, con un cuestionario previamente confeccionado, donde estaban los puntos que a ellos les interesaban que se tomaran.



Luego se presentó el proyecto ante la Unicameral sin tener, ni si quiera, la mínima delicadeza de acercar los pobres aportes que se pudieron realizar, pero que en su mayoría coincidían en varios puntos significativos, que intentaron ser defendidos con argumentos ilegítimos e inexactos por el Ministro Grahovac.



Los nudos de debate, que fueron después reavivados por la protesta estudiantil, cuando se notó la falta total de respuesta por parte gremio ante el reclamo docente, fueron los que perjudicaban a los alumnos: en primer término la nueva ley no hace referencia a la temática de Enseñanza Religiosa en escuelas públicas, ya que no dice que la enseñanza debe ser Laica. Un segundo punto que se torna discutible es la definición de “servicio educativo” como “bien público” y no como servicio público, es decir como “mercancía” que puede ser acaparada y negociada. Un tercer punto que generó discrepancias fue el planteo de uno de los fines de la educación como el respeto del derecho a la vida y a su preservación, cuando líneas antes se había plasmado la defensa de los DDHH. Esta explicitación estaría tomando una posición frente a la ley de despenalización del aborto.


Otras problemáticas son las referidas a la mercantilización de la educación, ya que presenta poca claridad con respecto a educación técnica, pasantías laborales, y producidos de las escuelas. La pérdida de derechos docentes, participación en la conducción escolar y derechos gremiales. Los alumnos también pierden derechos de organización en Centros Estudiantiles, sus garantías y derechos. Se muestra una notable contradicción con respecto a la posibilidad de organización de instituciones universitarias, cuando el gobierno anterior, del Dr. De la Sota, tuvo como uno de sus últimos actos de gobierno la promulgación de la ley de creación de la Universidad Provincial.

Por otra parte se pierde o desdibuja la función y cargas horarias de la Educación Artística. Otro punto importante y áspero en su definición es la creación de un Consejo Provincial de Políticas Educativas y dentro de éste una Comisión de Evaluación e Información Educativa

Para que se tenga cabal medida de lo que esto significa transcribo el art. 89 del proyecto presentado:

El Consejo Provincial de Políticas Educativas

ARTICULO 89.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación el Consejo Provincial de Políticas Educativas, el que estará conformado por representantes de los Ministerios de Educación y de Ciencia y Tecnología, de la totalidad de las universidades con asiento en la Provincia, sean públicas o privadas, de entidades gremiales del sector educativo, de representantes del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de las Entidades representativas de las Instituciones educativas de Gestión Privada; así también, por representantes de los distintos organismos comprometidos con la temática, a quienes el Ministro de Educación o quien él designe podrá cursar las invitaciones pertinentes.



Es decir, cualquiera, que no tenga la mínima idea de lo que es educación, puede formar parte de este consejo, marcar las políticas educativas provinciales y evaluar su aplicación.



Espero que esta nota sea vista por el Ministerio de Educación de la Nación para que tome cartas en el asunto y vea que medidas se pueden tomar antes que estas medidas afecten a la educación de una de las principales provincias del país.














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